SEGREGACIÓN DE VILLAFRANCO (II)

La lucha política en las elecciones municipales de 1987 como detonante de nuevo del conflicto.

     Con las últimas elecciones municipales comienza de nuevo el conflicto. En Villafranco se presentan dos candidaturas: la del PSOE, común para La Puebla y la pedanía (y en donde iban tres nombres de la Isla), y la Agrupación Electoral Pro-Segregación de la Isla Mayor del Guadalquivir (AEPIMG). Se dio la paradoja de que el PSOE ofreció un programa distinto en La Puebla y en Villafranco: mientras que el presentado en la pedanía recogía en su primer punto, en el apartado dedicado a política, que se apoyaría la segregación, el defendido en La Puebla, paradójicamente, ponía trabas a tal proyecto. Es el pistoletazo inicial que desencadena un cúmulo de despropósitos e irregularidades y enfrentamientos, que se verá agravado por el resultado de las elecciones: 9 concejales del PSOE (de los cuales tres eran de la Isla), 7 de AEPIMG y 1 de Izquierda Unida.
     La candidatura independiente se había constituido como consecuencia de las diferencias entre los militantes socialistas de Villafranco y La Puebla, al presentar respectivamente para encabezar la lista a Mª Antonia Ramírez, alcaldesa de la pedanía, y a Julio Álvarez, alcalde de La Puebla, que finalmente contó con el apoyo del Comité Provincial del PSOE. La reacción de los socialistas de Villafranco fue la convocatoria de una asamblea popular en la que se presentó una lista abierta de la que saldrían elegidos 17 candidatos, "cuatro de ellos miembros del PSOE, con carné, y el 70 por 100 restante de ideas socialistas".
     Pese a que la única meta propuesta por AEPIMG fue conseguir la independencia de la pedanía, el éxito alcanzado en las elecciones dio un vuelco total a la correlación de fuerzas dentro de la propia Corporación municipal de La Puebla, al contar el poblado con un peso político muy importante. Ello se complicó aún más por el hecho de que tres de los nueve concejales elegidos en la lista del PSOE eran de Villafranco, comprometidos públicamente a apoyar la segregación, y cuyos votos eran imprescindibles para que el actual alcalde de La Puebla renovase su mandato. De no apoyar estos concejales a Julio Álvarez y sí a Mª Antonia Ramírez, se podría dar el caso de que la máxima autoridad municipal de La Puebla del Río fuese la alcaldesa de la pedanía. Este hecho colocó a los tres concejales socialistas en el punto de mira del vecindario de Puebla y de Villafranco, e hizo que estuviesen sometidos a presiones de todo tipo, hasta el punto de que las amenazas se convirtieron en algo cotidiano.
     El riesgo de un final dramático existía, y prueba de ello fue el sabotaje a que fueron sometidos las tuberías de agua y el incendio del aula de un colegio de Villafranco. Las acusaciones fueron recíprocas.
     Si en la pugna entre el municipio y la pedanía aparece un amplio abanico de motivos, nadie ponía en duda en 1987 que los posicionamientos en favor o en contra de la segregación obedecían casi exclusivamente a motivos económicos. La independencia significaría un duro golpe a la economía del Ayuntamiento de La Puebla. El municipio tenía entonces 13.000 habitantes, pero si se le restaban los 6.000 de la pedanía, quedaría con 7.000. El término municipal, de algo más de 48.000 hectáreas, también quedaría reducido a casi la mitad, y el peso político del Ayuntamiento muy mermado al perder la representación en la Diputación Provincial de Sevilla. De igual manera, tampoco estaría representada en el Patronato de Doñana, por ser Villafranco la población que linda con el Parque Nacional.
      Así las cosas, estaba claro que la lucha se iba a plantear por el dominio del Ayuntamiento de La Puebla, puesto que de ello dependía la segregación o no de Villafranco. Al decidirse los tres concejales del PSOE de la Isla a apoyar a la candidata de AEPIMG, la postura de las autoridades de La Puebla -en cuyo Ayuntamiento se debía celebrar la sesión de constitución de la nueva Corporación- estaba clara: que no se constituyese hasta que se convenciesen a esos tres concejales para que dimitiesen y entrasen los tres que le siguiesen en la lista, o simplemente no asistiesen a la sesión.
     Viendo las autoridades de Villafranco cómo estaban los ánimos entre el vecindario de La Puebla, solicitan que el acto de constitución se celebrase en terreno neutral, concretamente en la Diputación Provincial. El Gobierno Civil se niega, y se acuerda celebrarlo de nuevo en La Puebla el día 2 de julio -el día 1 no se pudo hacer al no acudir los tres ediles del PSOE de Villafranco-. Las   autoridades isleñas piensan en no asistir, pero al final decidieron hacerlo para no dejarse arrebatar la alcaldía.
     La decisión gubernativa estuvo a punto de acabar en un desenlace trágico, pues los vecinos de La Puebla impidieron de nuevo que se constituyera el Ayuntamiento después de una concentración en las puertas de las Casas Consistoriales y enfrentamientos con la Guardia Civil y abucheos, que sólo fue paliado por las retirada de dichas fuerzas, después de producirse varios heridos.
     Al día siguiente, el Gabinete de Prensa de la Diputación Provincial hizo público un comunicado en el que el presidente Miguel Ángel del Pino, proponía un acuerdo político para que se constituyese el Ayuntamiento de La Puebla, lo que se concretaba en una oferta de constitución en la sede de la Corporación Provincial, con un acuerdo previo para que fuera elegido alcalde el candidato que encabezaba la lista más votada, la del PSOE. Además, inmediatamente después de formado el Ayuntamiento, se celebraría otro pleno extraordinario y urgente en el que quedaría aprobado el expediente de segregación de Villafranco. Igualmente, se preveía en esta oferta política, que el nuevo Ayuntamiento delegaría expresamente en la Diputación para que cumplimentara el correspondiente expediente de segregación en nombre del Ayuntamiento de La Puebla del Río. También se preveía que dicho Ayuntamiento delegase en la Diputación la función del reparto de los ingresos entre los dos núcleos poblacionales mientras se aprobaba el expediente, que había de estar publicado en el BOJA antes del 1 de enero de 1988.
     Sin embargo, de principio, nada de ello se lleva a cabo, y comienzan a ocurrir una serie de hechos insólitos y contradictorios. Después de todo lo expuesto, el presidente de la Diputación decide designar una Comisión Gestora con el fin de solucionar el problema creado en el Ayuntamiento de La Puebla, una vez que la Junta Electoral de Zona tomase la decisión al respecto. Dicha comisión sería nombrada respetando los resultados obtenidos en las elecciones, para lo que designaría a un determinado número de personas del pueblo que no hubiesen sido integrantes de las listas municipales. Esa comisión sería la encargada de llevar a cabo la constitución del Ayuntamiento, sin que se tuviese que pasar necesariamente por unas nuevas elecciones.
     Por su parte, los vecinos de Villafranco se proponen iniciar movilizaciones para solicitar la convocatoria de un Pleno extraordinario para constituir el Ayuntamiento, decisión que fue tomada una vez conocida la intención de la Junta Electoral de Zona de inhibirse de la problemática del Ayuntamiento. Además, declaran ser contrarios a que se nombrase dicha Comisión Gestora por dos razones: porque era la apoyada por el Comité Provincial del PSOE y porque estaría presidida por el alcalde socialista de La Puebla en funciones.
     Finalmente, y en un Pleno muy accidentado en la Diputación Provincial, el 30 de julio de 1987, se constituye la nueva Corporación municipal, según acuerdo de los concejales de AEPIMG y representantes del PSOE y la Junta de Andalucía, en donde se llegó a una serie de compromisos por ambas partes.
     El problema se recrudece de nuevo unos meses más tarde, en noviembre, cuando los concejales de Villafranco se proponen presentar una moción de censura contra el alcalde de La Puebla por considerar que la Diputación ha incumplido los compromisos suscritos en el mes de julio. La problemática se presenta ahora por el territorio, ya que consideraban que la Corporación Provincial se había decantado por La Puebla, pues se observaba en la decisión territorial 34 km2. para La Puebla y 14 para la pedanía. En declaraciones a ABC, en 29 de noviembre de 1987, decían que "nos hemos sentido indignados cuando la Diputación ha perdido su actitud neutral, adjudicándonos el mismo terreno que se estipuló en 1956, y dejándonos cerrado el acceso al río Guadalquivir, nuestra fuente de riqueza".                                              Durante el mes de diciembre de nuevo comienzan las movilizaciones en Villafranco, con tractores cortando el tráfico en la autovía Sevilla-La Puebla, con huelgas de hambre del alcalde pedáneo, concejales y vecinos, telegramas al Presidente del Gobierno, etc.
     Ante tal cúmulo de acciones, la Junta de Andalucía se compromete a dar vía libre a la segregación en los primeros días del nuevo año, pues prefiere esperar a tener en su poder el dictamen del Consejo de Estado, que es preceptivo, aunque no vinculante. El presidente Borbolla propone   una reunión con representantes de la localidad para debatir la extensión término del futuro municipio, ya que los vecinos pretenden ampliar el límite fijado por la Diputación Provincial.
     En el entreacto, surge un nuevo elemento de discordia: la posesión de la representatividad en el Patronato de Doñana. Consecuencia de ello fue la desconvocatoria por el alcalde de un pleno en el Ayuntamiento de La Puebla por miedo a perder dicha representatividad, lo que produjo nuevos incidentes entre vecinos de La Puebla y concejales de Villafranco. En declaraciones al "Correo de Andalucía" (6-1-88), el alcalde de La Puebla culpa de la segregación al "gran capital", que intenta  por todos los medios  -explicaba- poner en explotación parte del Preparque, a lo que La Puebla se estaba oponiendo, ya que lo prohibían los estatutos del Patronato.
     Por fin, por Decreto 22/ 1988, de 10 de febrero, se aprueba la segregación de la Entidad Local Menor de Villafranco del Guadalquivir.
     Al día siguiente, los concejales independentistas de Villafranco recurren el decreto, e inician un nuevo calendario de movilizaciones por considerar que el Ejecutivo ha actuado de manera irregular en la tramitación y resolución del expediente administrativo, rechazando, fundamentalmente, la insuficiencia del término municipal que se les ha atribuido.
     Pero la realidad era que con el decreto el Gobierno autónomo lo que pretendía era evitar el Pleno extraordinario convocado para el día siguiente, en el que con toda seguridad iba a prosperar la moción de censura presentada contra el alcalde socialista. El Pleno fue de nuevo suspendido por el alcalde de La Puebla, decisión que también sería recurrida por los ediles de Villafranco, que presentaron denuncia en el Juzgado de Guardia, por estimar que el Pleno debía celebrarse, puesto que seguían formando parte de la Corporación local hasta que se constituyese el nuevo Ayuntamiento.
     El informe emitido por el Consejo de Estado, que, como se ha dicho, era preceptivo pero no vinculante, no cuestionaba el fondo del expediente de segregación elaborado por el Gobierno andaluz, pero, al parecer, ponía numerosas e importantes objeciones a algunos aspectos de forma y, sobre todo, a la tramitación. El Consejo de Estado indicaba que se habían incumplido por parte del Ejecutivo el período de exposición pública de la división geográfica del nuevo término, que constituía, como hemos expuesto, precisamente el tema más polémico de la segregación.
     A pesar de ello, el Presidente de la Junta firma el decreto, lo que hace que los componentes de la Comisión para la segregación presenten ante la Audiencia Territorial de Sevilla una querella criminal contra el Sr. de la Borbolla por presunta falsedad en documento público, denuncia que se interpone subsidiariamente a los once consejeros andaluces. Las acusaciones de "falsedad" se originan por la misma letra del decreto, que se firma una vez que se ha "oído el Consejo de Estado" como consta en la resolución final, lo cual no era cierto.
     Para el alcalde de Villafranco, con dicha decisión precipitada, Rodríguez de la Borbolla lo único que había pretendido era proteger al alcalde de La Puebla de ser derrotado en la moción de censura. El abogado de los independentistas aseguraba desconocer ningún precedente o caso parecido "en el que se cometa una aberración tan grande, como decir que hay un informe preceptivo del Consejo de Estado, sin que exista ese documento"[1].
     Como era de esperar, el Gobierno andaluz desestima el recurso contra la segregación, una vez emitido el informe del gabinete jurídico de la Consejería de la Presidencia, que estimaba que el decreto de segregación no conculcaba los derechos constitucionales citados por la demanda del recurso contencioso-administrativo interpuesto. La denuncia, seguía el informe del gabinete, había sido declarada inadmisible por la Sala de lo Contencioso-Administrativo por auto de 21 de marzo de 1988. La segregación de la entidad local, añadía el documento, no tiene virtualidad, por sí misma, para violar los principios de igualdad, elección de residencia e indefensión, ya que "la división territorial tiene carácter general para todos los habitantes del territorio primitivo del municipio de La Puebla del Río".
     Sin embargo, sólo unos días más tarde, la justicia le da la razón a Villafranco, y a primeros de julio el Tribunal Supremo admite a trámite la querella contra Borbolla, y poco después, la Audiencia de Sevilla suspende cautelarmente la segregación, con lo que queda otra vez Villafranco bajo la tutela municipal de La Puebla. Ello produjo satisfacción, en un principio, en el Ayuntamiento de La Puebla, lo que se esfumó rápidamente ante la posibilidad de que la pedanía, a través de la AEPIMG, se hiciese con el poder del municipio matriz, con lo que de nuevo se plantea el problema, quedando ingobernables los dos Ayuntamientos y sin presupuesto.
     Ante esta situación de ingobernabilidad se llegó a un acuerdo verbal entre las dos comunidades, acuerdo consistente en la asistencia a los plenos de los concejales de Villafranco para aprobar todos los asuntos concernientes a problemas financieros, fundamentalmente.
     La anterior situación se mantuvo hasta el 20 de abril de 1990 en que un auto del Tribunal Superior da la razón a la Junta de Andalucía, anulando la suspensión cautelar que existía sobre el decreto de segregación dictado por la Audiencia Territorial de Sevilla. Sin embargo, la sentencia del Supremo no resuelve definitivamente el caso, ya que restaba aún un pronunciamiento definitivo de la Audiencia de Sevilla o el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Además, el auto podía ser recurrido ante el Tribunal Constitucional.
     Inmediatamente, la Diputación insta a que se constituya una Comisión Gestora en Villafranco, a lo que la población se niega, comenzando de nuevo una serie de movilizaciones con el fin de evitar que se llevase a efecto su formación.
     Así estaban las cosas en el momento en que redactamos estas líneas, siendo aún imprevisible su desenlace final, aunque creíamos   que el proceso era irreversible y, con más o menos término -que es lo que se pleiteaba-, la independencia de Villafranco era ya un hecho consumado.

     Todo lo que sucedió desde entonces hasta el momento actual –incluyendo el cambio de denominación del nuevo pueblo, a Isla Mayor- creo que es conocido por todos, por lo que me inclino a dejarlo para otra ocasión, o bien para que alguien tome el testigo y lo haga publico.
                                                                         La Puebla del Río, a 7 de mayo de  1991 
                                                                                   José Matías González Arteaga
                                                                                                                                                     
                                                                         



[1] "Diario 16", 19-2-88.

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