SEGREGACIÓN DE VILLAFRANCO (II)
La lucha política en las elecciones
municipales de 1987 como detonante de nuevo del conflicto.
Con las últimas
elecciones municipales comienza de nuevo el conflicto. En Villafranco se
presentan dos candidaturas: la del PSOE, común para La Puebla y la pedanía (y
en donde iban tres nombres de la
Isla ), y la Agrupación Electoral Pro-Segregación de la Isla Mayor del
Guadalquivir (AEPIMG). Se dio la paradoja de que el PSOE ofreció un programa
distinto en La Puebla y en Villafranco: mientras que el presentado en la
pedanía recogía en su primer punto, en el apartado dedicado a política, que se
apoyaría la segregación, el defendido en La Puebla, paradójicamente, ponía
trabas a tal proyecto. Es el pistoletazo inicial que desencadena un cúmulo de
despropósitos e irregularidades y enfrentamientos, que se verá agravado por el
resultado de las elecciones: 9 concejales del PSOE (de los cuales tres eran de la Isla ), 7 de AEPIMG y 1 de
Izquierda Unida.
La candidatura
independiente se había constituido como consecuencia de las diferencias entre
los militantes socialistas de Villafranco y La Puebla, al presentar
respectivamente para encabezar la lista a Mª Antonia Ramírez, alcaldesa de la
pedanía, y a Julio Álvarez, alcalde de La Puebla, que finalmente contó con el
apoyo del Comité Provincial del PSOE. La reacción de los socialistas de
Villafranco fue la convocatoria de una asamblea popular en la que se presentó
una lista abierta de la que saldrían elegidos 17 candidatos, "cuatro de
ellos miembros del PSOE, con carné, y el 70 por 100 restante de ideas
socialistas".
Pese a que la única
meta propuesta por AEPIMG fue conseguir la independencia de la pedanía, el
éxito alcanzado en las elecciones dio un vuelco total a la correlación de
fuerzas dentro de la propia Corporación municipal de La Puebla, al contar el
poblado con un peso político muy importante. Ello se complicó aún más por el
hecho de que tres de los nueve concejales elegidos en la lista del PSOE eran de
Villafranco, comprometidos públicamente a apoyar la segregación, y cuyos votos
eran imprescindibles para que el actual alcalde de La Puebla renovase su
mandato. De no apoyar estos concejales a Julio Álvarez y sí a Mª Antonia
Ramírez, se podría dar el caso de que la máxima autoridad municipal de La Puebla
del Río fuese la alcaldesa de la pedanía. Este hecho colocó a los tres
concejales socialistas en el punto de mira del vecindario de Puebla y de Villafranco,
e hizo que estuviesen sometidos a presiones de todo tipo, hasta el punto de que
las amenazas se convirtieron en algo cotidiano.
El riesgo de un final
dramático existía, y prueba de ello fue el sabotaje a que fueron sometidos las
tuberías de agua y el incendio del aula de un colegio de Villafranco. Las
acusaciones fueron recíprocas.
Si en la pugna entre el
municipio y la pedanía aparece un amplio abanico de motivos, nadie ponía en
duda en 1987 que los posicionamientos en favor o en contra de la segregación
obedecían casi exclusivamente a motivos económicos. La independencia
significaría un duro golpe a la economía del Ayuntamiento de La Puebla. El municipio
tenía entonces 13.000 habitantes, pero si se le restaban los 6.000 de la
pedanía, quedaría con 7.000. El término municipal, de algo más de 48.000 hectáreas ,
también quedaría reducido a casi la mitad, y el peso político del Ayuntamiento
muy mermado al perder la representación en la Diputación Provincial
de Sevilla. De igual manera, tampoco estaría representada en el Patronato de
Doñana, por ser Villafranco la población que linda con el Parque Nacional.
Así las cosas, estaba
claro que la lucha se iba a plantear por el dominio del Ayuntamiento de La Puebla,
puesto que de ello dependía la segregación o no de Villafranco. Al decidirse
los tres concejales del PSOE de la
Isla a apoyar a la candidata de AEPIMG, la postura de las
autoridades de La Puebla -en cuyo Ayuntamiento se debía celebrar la sesión de
constitución de la nueva Corporación- estaba clara: que no se constituyese
hasta que se convenciesen a esos tres concejales para que dimitiesen y entrasen
los tres que le siguiesen en la lista, o simplemente no asistiesen a la sesión.
Viendo las autoridades
de Villafranco cómo estaban los ánimos entre el vecindario de La Puebla,
solicitan que el acto de constitución se celebrase en terreno neutral,
concretamente en la
Diputación Provincial. El Gobierno Civil se niega, y se
acuerda celebrarlo de nuevo en La Puebla el día 2 de julio -el día 1 no se pudo
hacer al no acudir los tres ediles del PSOE de Villafranco-. Las autoridades
isleñas piensan en no asistir, pero al final decidieron hacerlo para no dejarse
arrebatar la alcaldía.
La decisión gubernativa
estuvo a punto de acabar en un desenlace trágico, pues los vecinos de La Puebla
impidieron de nuevo que se constituyera el Ayuntamiento después de una
concentración en las puertas de las Casas Consistoriales y enfrentamientos con la Guardia Civil y
abucheos, que sólo fue paliado por las retirada de dichas fuerzas, después de
producirse varios heridos.
Al día siguiente, el
Gabinete de Prensa de la Diputación Provincial hizo público un comunicado
en el que el presidente Miguel Ángel del Pino, proponía un acuerdo político
para que se constituyese el Ayuntamiento de La Puebla, lo que se concretaba en
una oferta de constitución en la sede de la Corporación Provincial ,
con un acuerdo previo para que fuera elegido alcalde el candidato que
encabezaba la lista más votada, la del PSOE. Además, inmediatamente después de
formado el Ayuntamiento, se celebraría otro pleno extraordinario y urgente en
el que quedaría aprobado el expediente de segregación de Villafranco.
Igualmente, se preveía en esta oferta política, que el nuevo Ayuntamiento
delegaría expresamente en la
Diputación para que cumplimentara el correspondiente
expediente de segregación en nombre del Ayuntamiento de La Puebla del Río.
También se preveía que dicho Ayuntamiento delegase en la Diputación la función
del reparto de los ingresos entre los dos núcleos poblacionales mientras se aprobaba
el expediente, que había de estar publicado en el BOJA antes del 1 de enero de
1988.
Sin embargo, de
principio, nada de ello se lleva a cabo, y comienzan a ocurrir una serie de
hechos insólitos y contradictorios. Después de todo lo expuesto, el presidente
de la Diputación
decide designar una Comisión Gestora con el fin de solucionar el problema
creado en el Ayuntamiento de La Puebla, una vez que la Junta Electoral de
Zona tomase la decisión al respecto. Dicha comisión sería nombrada respetando
los resultados obtenidos en las elecciones, para lo que designaría a un
determinado número de personas del pueblo que no hubiesen sido integrantes de
las listas municipales. Esa comisión sería la encargada de llevar a cabo la
constitución del Ayuntamiento, sin que se tuviese que pasar necesariamente por
unas nuevas elecciones.
Por su parte, los
vecinos de Villafranco se proponen iniciar movilizaciones para solicitar la
convocatoria de un Pleno extraordinario para constituir el Ayuntamiento,
decisión que fue tomada una vez conocida la intención de la Junta Electoral de
Zona de inhibirse de la problemática del Ayuntamiento. Además, declaran ser
contrarios a que se nombrase dicha Comisión Gestora por dos razones: porque era
la apoyada por el Comité Provincial del PSOE y porque estaría presidida por el
alcalde socialista de La Puebla en funciones.
Finalmente, y en un
Pleno muy accidentado en la Diputación Provincial , el 30 de julio de 1987, se
constituye la nueva Corporación municipal, según acuerdo de los concejales de
AEPIMG y representantes del PSOE y la
Junta de Andalucía, en donde se llegó a una serie de
compromisos por ambas partes.
El problema se
recrudece de nuevo unos meses más tarde, en noviembre, cuando los concejales de
Villafranco se proponen presentar una moción de censura contra el alcalde de La
Puebla por considerar que la
Diputación ha incumplido los compromisos suscritos en el mes
de julio. La problemática se presenta ahora por el territorio, ya que
consideraban que la
Corporación Provincial se había decantado por La Puebla, pues
se observaba en la decisión territorial 34 km2. para La Puebla y 14
para la pedanía. En declaraciones a ABC, en 29 de noviembre de 1987, decían que
"nos hemos sentido indignados cuando la Diputación ha perdido
su actitud neutral, adjudicándonos el mismo terreno que se estipuló en 1956, y
dejándonos cerrado el acceso al río Guadalquivir, nuestra fuente de riqueza".
Durante el mes de diciembre de nuevo comienzan las movilizaciones en
Villafranco, con tractores cortando el tráfico en la autovía Sevilla-La Puebla,
con huelgas de hambre del alcalde pedáneo, concejales y vecinos, telegramas al
Presidente del Gobierno, etc.
Ante tal cúmulo de acciones, la Junta de Andalucía se
compromete a dar vía libre a la segregación en los primeros días del nuevo año,
pues prefiere esperar a tener en su poder el dictamen del Consejo de Estado,
que es preceptivo, aunque no vinculante. El presidente Borbolla propone una reunión con representantes de la
localidad para debatir la extensión término del futuro municipio, ya que los
vecinos pretenden ampliar el límite fijado por la Diputación Provincial.
En el entreacto, surge
un nuevo elemento de discordia: la posesión de la representatividad en el
Patronato de Doñana. Consecuencia de ello fue la desconvocatoria por el alcalde
de un pleno en el Ayuntamiento de La Puebla por miedo a perder dicha
representatividad, lo que produjo nuevos incidentes entre vecinos de La Puebla
y concejales de Villafranco. En declaraciones al "Correo de
Andalucía" (6-1-88), el alcalde de La Puebla culpa de la segregación al
"gran capital", que intenta
por todos los medios -explicaba-
poner en explotación parte del Preparque, a lo que La Puebla se estaba
oponiendo, ya que lo prohibían los estatutos del Patronato.
Por fin, por Decreto 22/
1988, de 10 de febrero, se aprueba la segregación de la Entidad Local Menor
de Villafranco del Guadalquivir.
Al día siguiente, los
concejales independentistas de Villafranco recurren el decreto, e inician un
nuevo calendario de movilizaciones por considerar que el Ejecutivo ha actuado
de manera irregular en la tramitación y resolución del expediente
administrativo, rechazando, fundamentalmente, la insuficiencia del término
municipal que se les ha atribuido.
Pero la realidad era
que con el decreto el Gobierno autónomo lo que pretendía era evitar el Pleno
extraordinario convocado para el día siguiente, en el que con toda seguridad
iba a prosperar la moción de censura presentada contra el alcalde socialista.
El Pleno fue de nuevo suspendido por el alcalde de La Puebla, decisión que
también sería recurrida por los ediles de Villafranco, que presentaron denuncia
en el Juzgado de Guardia, por estimar que el Pleno debía celebrarse, puesto que
seguían formando parte de la
Corporación local hasta que se constituyese el nuevo
Ayuntamiento.
El informe emitido por
el Consejo de Estado, que, como se ha dicho, era preceptivo pero no vinculante,
no cuestionaba el fondo del expediente de segregación elaborado por el Gobierno
andaluz, pero, al parecer, ponía numerosas e importantes objeciones a algunos
aspectos de forma y, sobre todo, a la tramitación. El Consejo de Estado indicaba
que se habían incumplido por parte del Ejecutivo el período de exposición
pública de la división geográfica del nuevo término, que constituía, como hemos
expuesto, precisamente el tema más polémico de la segregación.
A pesar de ello, el
Presidente de la Junta
firma el decreto, lo que hace que los componentes de la Comisión para la
segregación presenten ante la Audiencia Territorial de Sevilla una querella
criminal contra el Sr. de la
Borbolla por presunta falsedad en documento público, denuncia
que se interpone subsidiariamente a los once consejeros andaluces. Las
acusaciones de "falsedad" se originan por la misma letra del decreto,
que se firma una vez que se ha "oído el Consejo de Estado" como
consta en la resolución final, lo cual no era cierto.
Para el alcalde de Villafranco, con dicha
decisión precipitada, Rodríguez de la Borbolla lo único que había pretendido era
proteger al alcalde de La Puebla de ser derrotado en la moción de censura. El
abogado de los independentistas aseguraba desconocer ningún precedente o caso
parecido "en el que se cometa una aberración tan grande, como decir que
hay un informe preceptivo del Consejo de Estado, sin que exista ese
documento"[1].
Como era de esperar, el
Gobierno andaluz desestima el recurso contra la segregación, una vez emitido el
informe del gabinete jurídico de la Consejería de la Presidencia , que
estimaba que el decreto de segregación no conculcaba los derechos
constitucionales citados por la demanda del recurso contencioso-administrativo
interpuesto. La denuncia, seguía el informe del gabinete, había sido declarada
inadmisible por la Sala
de lo Contencioso-Administrativo por auto de 21 de marzo de 1988. La
segregación de la entidad local, añadía el documento, no tiene virtualidad, por
sí misma, para violar los principios de igualdad, elección de residencia e
indefensión, ya que "la división territorial tiene carácter general para
todos los habitantes del territorio primitivo del municipio de La Puebla del
Río".
Sin embargo, sólo unos
días más tarde, la justicia le da la razón a Villafranco, y a primeros de julio
el Tribunal Supremo admite a trámite la querella contra Borbolla, y poco
después, la Audiencia de Sevilla suspende cautelarmente la segregación, con lo
que queda otra vez Villafranco bajo la tutela municipal de La Puebla. Ello produjo
satisfacción, en un principio, en el Ayuntamiento de La Puebla, lo que se
esfumó rápidamente ante la posibilidad de que la pedanía, a través de la AEPIMG , se hiciese con el
poder del municipio matriz, con lo que de nuevo se plantea el problema,
quedando ingobernables los dos Ayuntamientos y sin presupuesto.
Ante esta situación de
ingobernabilidad se llegó a un acuerdo verbal entre las dos comunidades, acuerdo
consistente en la asistencia a los plenos de los concejales de Villafranco para
aprobar todos los asuntos concernientes a problemas financieros,
fundamentalmente.
La anterior situación
se mantuvo hasta el 20 de abril de 1990 en que un auto del Tribunal Superior da
la razón a la Junta
de Andalucía, anulando la suspensión cautelar que existía sobre el decreto de
segregación dictado por la Audiencia Territorial de Sevilla. Sin embargo, la
sentencia del Supremo no resuelve definitivamente el caso, ya que restaba aún
un pronunciamiento definitivo de la Audiencia de Sevilla o el Tribunal Superior
de Justicia de Andalucía. Además, el auto podía ser recurrido ante el Tribunal
Constitucional.
Inmediatamente, la Diputación insta a que
se constituya una Comisión Gestora en Villafranco, a lo que la población se
niega, comenzando de nuevo una serie de movilizaciones con el fin de evitar que
se llevase a efecto su formación.
Así estaban las cosas
en el momento en que redactamos estas líneas, siendo aún imprevisible su
desenlace final, aunque creíamos que el proceso era irreversible y, con más o
menos término -que es lo que se pleiteaba-, la independencia de Villafranco era
ya un hecho consumado.
Todo lo que sucedió
desde entonces hasta el momento actual –incluyendo el cambio de denominación
del nuevo pueblo, a Isla Mayor- creo que es conocido por todos, por lo que me inclino
a dejarlo para otra ocasión, o bien para que alguien tome el testigo y lo haga publico.
La Puebla del Río, a 7 de mayo de 1991
José Matías González Arteaga
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