La familia Miro en La Puebla

Los Miro dan nombre a la heredad

            En 1726 se produce la sexta transacción de la Hacienda, recayendo en la persona de Nicolás Miro Gaytán, y, más tarde, en la de su hijo Isidro Miro Agras.
Nicolás Apolinar Miro[i] y Gaytán (o Gaitán, aparecen los dos indistintamente) nació en Sevilla en 1685 (fue bautizado en la Iglesia del Sagrario en 10 de septiembre de ese mismo año), contrayendo matrimonio con Mariana Antonia de Agras (o Agrás, o Agraz, pues igualmente se manifiestan indistintamente) y Aparicio, también natural de Sevilla y viuda, en 25 de septiembre de 1713[ii], en la iglesia de San Lorenzo, donde seguramente tenía él su residencia. Ocupó los cargos de Secretario y Escribano de Cámara más antiguo de la real Audiencia y Casa de Contratación de Indias, establecida ya en Cádiz, así como el de Apoderado y Administrador del Real Colegio, Seminario de San Telmo de Sevilla en Cádiz, cargo que ocupó en 5 de abril de 1742 por fallecimiento de su hermano Isidro, y que, como expondremos, le traerá problemas, no solamente a él sino también a sus herederos[iii].
Por su matrimonio emparentó con los Agras, encontrándonos con dos familias que, al menos desde el siglo XVI, están establecidas en Sevilla, como se aprecia en el árbol genealógico. Dos familias que pertenecen a esa burguesía sevillana que se va a establecer en el Aljarafe, que van a conseguir su hidalguía una vez asentadas en la comarca y que va a dominar la vida política-social-económica de sus poblaciones. Una de las fuentes utilizadas[iv] nos proporciona datos suficientes para recomponer la naturaleza de las dos familias (actas de bautismo y de casamiento), así como testamentos y testimonios de nobleza, entre otros datos, que nos han permitido dar noticias aproximadas del estatus social al que pertenecían y cómo fueron asentándose en las tierras aljarafeñas. Por ella hemos podido establecer que las dotes de las mujeres en el momento de contraer matrimonio van de los 3.000 a los 8.000 ducados, además de algunas hazas de tierras; sabemos, igualmente, que pertenecen a las collaciones sevillanas de más rango y abolengo, donde se establece toda  la burguesía de la ciudad; algunos de sus componentes declaran tener esclavos negros (que ponen en libertad  cuando testan) o bien hijos “ausentes en Indias”, seguramente ocupando algún puesto de importancia; otros dejan como albaceas a caballeros Veinticuatro o a   personajes de notoriedad de la ciudad.
Gracias, pues, a esa preciosa documentación -expediente abierto sobre las pruebas a que se sometió Isidro Miro y Agras para obtener el hábito de Calatrava- hemos podido remontarnos hasta sus tatarabuelos paternos y maternos (siglo XVI), y, como hemos anotado, establecer que todos sus componentes son naturales de Sevilla (menos el pretendiente al hábito, que nació en Cádiz); aparecen bautizados en diferentes parroquias, pero siempre de las de más prestigio social; todos testan en Sevilla; se van estableciendo, como también hemos dicho, en Puebla, Coria del Río, Gines y Tomares, todos ellos en pleno Aljarafe, durante el siglo XVII, consiguiendo en ellos el “recibimiento” como nobles (hijosdalgo)[v], donde, en la mayoría de los casos, son nombrados alcaldes de la Santa Hermandad por el estado noble, e incluso, a veces, como alcaldes ordinarios, como es el caso de nuestro personaje: Nicolás Miro.
Un personaje que se nos antoja, aunque no tenemos apenas noticias suyas hasta 1726 en que aparece por La Puebla, curioso, interesante e intrigante, digno de llevarse a la literatura. Ya, en la forma de hacerse con la heredad, se nota algo de ello, pues, después de un embargo que se le hace a Juan Lucas Jiménez de Arriola, sale la Hacienda a subasta, cayendo en manos de Juan Gaspar Martín de Limones en 21 de junio de 1726. Sin embargo, días después, Nicolás aparece exhibiendo copia de una escritura de declaración que Juan Gaspar le había otorgado en 4 de septiembre de 1726 (sólo dos meses después de que la hubiera comprado) ante el escribano Juan Montero de Espinosa, de la que resulta “haber hecho el remate y tomado la posesión y amparo de la finca de orden y con los intereses del mismo Nicolás, en cuyo favor  la declaró en los términos ordinarios, pidiendo en su virtud que con él se entendieran las actuaciones sucesivas respecto a la liquidación de las decursas de los censos y entrega de los títulos”. Parece ser, pues, que el tal Juan Gaspar actuó como mero testaferro del nuevo propietario.
En posesión de la Hacienda, Nicolás Miro hizo una serie de adquisiciones que agregó a la misma, así como diferentes redenciones e imposiciones, que agrandaron la heredad, como se ha indicado en el capítulo II.
La familia Miro la conservó durante cuarenta y tres años, siendo el período en que toma su verdadera entidad –hasta el punto de darle nombre al caserío principal (“Hacienda de Miro”, que ha permanecido hasta nuestros días) y a la calle donde se ubicaba (pasó de titularse calle de la Iglesia a calle Miro)-, lo que ocurre por varias razones: fue la familia que más tiempo la conservó; la escogieron como segunda residencia (la principal la tenían en Cádiz), llegando a pasar en ella largas temporadas
(sobre todo cuando sus miembros se veían afectados por alguna enfermedad, a lo que era muy propenso Nicolás), hasta el punto de que en el Catastro de Ensenada aparecen como empadronados en Puebla. Llegaron a ocupar –él y su hijo Isidro- los cargos de “alcalde ordinario por el estado noble y el de alcalde de la hermandad[vi], por su calidad de hijosdalgo (Isidro había conseguido, además, en 1755, ingresar en la Orden de Calatrava, como se ha indicado), e incluso el de “patrono” de la Ermita de San Sebastián, el edificio más emblemático del pueblo, con la Iglesia y, hasta hace sólo unos años, la propia Hacienda.
En 1755, por el Expediente que estamos manejando (véase nota 16 del presente capítulo) sabemos del escudo de armas de la familia Miro, pues consta que aparece en la fachada del caserío y en la bóveda de la Ermita, expresándolo de la siguiente manera:
“Y en una casa principal del pretendiente sobre las puertas de ella reconocimos: un escudo de las armas del pretendiente de vara[vii] y media de alto y poco más o menos de una de ancho en una lápida plana de mármol blanco y el escudo o orleos[viii] de relieve alto, con cuatro cuarteles y una inscripción que todo está en la forma siguiente: el apellido de la línea paterna encima de los cuarteles y dentro del escudo dice  Miro; el primer cuartel es un espejo cuadrilongo con su asa en la cabeza; el segundo en orden un león con la lengua de fuera mirando hacia el espejo; el tercero            Miro; el primer cuartel es un espejo cuadrilongo con su asa en la cabeza; el segundo en orden un león con la lengua de fuera mirando hacia el espejo; el tercero cinco barras atravesadas diagonalmente desde el centro del ámbito del escudo, y el último un castillo de dos cuerpos con almenas y puertas demostrándose cerrada; rodean el dicho escudo entre varios orleos y jeroglíficos marciales dos cordones que penden de la cimera o morreón que adornado de muchos plumajes superioriza el escudo. Y asismismo pasamos a la ermita del Sr. S. Sebastián que está en la misma calle y reconocimos el mismo escudo que está en la bóveda de la ermita de que es patrona la casa del dicho pretendiente y está de pintura fina y se manifiesta con sus coloridos en esta forma: el apellido Miro de letras negras sobre campo blanco; el espejo de color de azogue y marco negro sobre campo de plata; el león de oro sobre campo rojo, las barras rojas sobre campo de oro; y el castillo dorado sobre campo de plata[ix].(Ver página más abajo)
Podemos, pues, asegurar que ha sido la familia que durante la Edad Moderna más se ha identificado con la propiedad y la que más protagonismo social, político y económico llegó a tener en la villa de la Puebla junto a Coria. No es, por tanto, temerario el aventurar que sería el momento de más esplendor vivido por esa ya denominada “Hacienda de Miro”, convirtiéndose en el centro neurálgico del pueblo, y a la que dirigirían la mirada todos sus habitantes, pues no sería muy corriente contar entre sus vecinos a componentes de la nobleza.
El 27 de febrero de 1761 testa Nicolás Miro en Cádiz ante Pedro Felipe de Montes, nombrando como único y universal heredero de todos sus bienes a su único hijo Isidro, el









cual aparece por esas fechas ocupando los puestos de Subdelegado de Marina en el partido de Coria y el de Inspector General de Montes y Plantíos por su Majestad en el reino de Sevilla[x]. Sin embargo, además de los bienes le dejó una herencia nada agradable, como era un litigio que venía coleando desde 1742, fecha en que accede Nicolás al puesto de Apoderado Administrador del Real Seminario de San Telmo de la ciudad de Sevilla en Cádiz, para que recaudase y cobrase los Derechos y Limosnas que se exigen para dicho Colegio de los dueños de los navíos que tienen licencias para navegar a América, cargo que le fue otorgado por Felipe IV a la muerte de su hermano Isidro Miro Gaitán. Por la documentación[xi] sabemos que el litigio se produce sobre la responsabilidad de dos letras de cambio, dadas a favor  del Real Colegio: una que libró Pedro Sánchez Bernal (sustituto de Nicolás Miro como Administrador por siete años, entre 1746 a 1753, en que regresa a Cádiz después de una larga enfermedad que pasó en Puebla), dada por la Casa que en Cádiz se tituló Guillermo Mazé (sic) Hijo y Compañía, con fecha de 30 de mayo de 1753, contra Manuel Antonio de la Calle, de Sevilla, a 90 días vista, por la cantidad de 96.272 reales de vellón, que recibió el Colegio; y  Nicolás remitió su alcance de los años 1743 a 1745 que fue de 20.898 reales, 28 maravedís de vellón, en otra letra de igual suma, dada contra el mismo la Calle,  a favor de la Diputación del Colegio por Francisco Dufoó, del Comercio de Cádiz, con plazo de 60 días y fecha de 24 de junio de 1755, que también fue recibida sin reparo. Las casas de Mazé y de Dufoó en Cádiz, y la de Manuel Antonio de la Calle, en Sevilla, quiebran, y el Colegio protestó una y otra letra. En 19 de julio de 1760, aún en vida Nicolás Miro, recibe orden de embargo sobre los bienes de la Testamentaría. En 27 de junio de 1761, aún se hallaban sin cobrar dichas letras. En la página 269 del voluminoso expediente, aparece“Informe y delegaciones del Colegio de San Telmo... contra Nicolás Miro, Secretario que fue de S.M. y escribano de Cámara más antiguo de dicha Real Audiencia y por su fallecimiento la siguió contra Isidro Miro, sobre la reintegración de dos letras de cambio, importantes la una de 96.272 rs de vellón, y la otra de 20.898 rs y 28 mrs de la misma moneda, que como Apoderado del Real Colegio y Administrador de sus fondos y limosnas en esta ciudad, le remite desde ella a la de Sevilla y no se le satisficieron en su nombre a los señores Mayordomo y Diputados, por haverse prestado ambos a su pagamento”.

Como consecuencia, y para hacer frente al pago de dichas letras, se abre un expediente de embargo de los bienes de Nicolás en la Puebla y en Coria del Río, ahora en la persona de su hijo Isidro (ya ha fallecido su padre), hacendado y vecino de la villa de Puebla, para lo que en 25 de agosto de 1761 se hace una relación de los dichos bienes, resultando lo siguiente:
-          Unas casas principales en la c/ de la Iglesia en Puebla que contiene bodega con su lagar, atarazana, almacenes de aceite descubiertos, jardín poblado de naranjos y limones, pequeña estacada de olivar y viga para hollar uva y moler aceituna.
-                          Un almacén de grano contiguo a dichas casas que sirven de Pósito para la villa y que está arrendado al Ayuntamiento.
-                          Dos casas contiguas a dicho almacén, frente a la Iglesia parroquial, que sirven de Casas Capitulares y Cárcel, también arrendadas al Ayuntamiento.
-                          Cuatro casas pequeñas contiguas a las antecedentes, en el lugar conocido como el Rincón, detrás de la Iglesia, y que están arrendadas.
-                          Un palomar de material situado encima de las últimas casas citadas.
-                          Unas casas “frente de la puerta del campo de dichas Casas Hacienda con su vivienda y su cuadra de atahona”, arrendadas.
-                          Otras casas contiguas a la anterior, que tiene también arrendadas.
-                          Otra en la c/ Real.
-                          Un pajar con su tinahón cubierto y corral cercado en las calles de la misma Hacienda y frente a la Ermita de San Sebastián.
-                          Un cercado de tierra para pan sembrar como de 1 fanega, arrendado, lindando con dicho pajar.
-                          Un cercadito de tierra de cuarta de fanega frente del antecedente y en él un solar en el que e había comenzado a labrar casas.
-                          Una Ermita al fin de la c/ Real que nombran de San Sebastián, y de que es Patrono el dueño de los demás dichos bienes de este embargo, con sacristía y vivienda para el santero y corral para su uso[xii]
-                          Una vaca parida de 4 años.
-                          Cuatro bueyes domados.
-                          Una huerta de 6 fanegas poblada de naranjos y  limones y algunas almácigas, y toda la frente del río poblada de álamos blancos y negros, con su casa, vivienda para los hortelanos y un almacén y caballeriza, de material en alberca, una azacaya para regar. 
-                          Tres mulas que sirven para el cultivo de dicha huerta.
-                          Varias hazas de tierra de pan sembrar en la Vega: en el sitio de las Playas, de 5 fanegas; otra en el sitio de la Puerta de Juan Prieto, de 4 fanegas; otra que nombran de los Hornos, de 1,5 fanegas; y otra al sitio de los Barreros, de 3,5 fanegas.
-                          Una estacada de olivar en Coria en el sitio que llaman el Pozo de la Zarza, de 60 aranzadas, y en ella hasta 8 de viña, 42 colmenas, una casa humilde con su boliche para hollar uvas, un pozo de material y una cerca “que expresó el guarda haber principiado para hacer casas de cogedoras”.
A todos los arrendatarios se les notifica que no paguen nada hasta que no se les ordene otra cosa.
Pero el litigio no para ahí, sino que en 28 de febrero de 1765, el Marqués del Real Tesoro, como presidente y Juez Conservador del Real Colegio Seminario de San Telmo de Sevilla, habiendo visto los autos, dijo no haber lugar la reposición de la providencia dada en 7 de octubre de 1763 pretendida por Isidro Miro y no ser admisible su pedimento de suspensión interpuesto del auto; condenó al caudal de Nicolás y sus herederos a que dentro de 9 días diesen y pagasen al Colegio las cantidades que resultasen a su favor  de las letras. Sin embargo,  el Supremo Consejo de Indias, en Madrid, en 15 de junio de 1767, acuerda que paguen los dos, Nicolás y Pedro Sánchez, y si éste no pudiese hacer frente se procediera contra el “caudal” de Miro hasta que se verificase el total íntegro del pago, y, ejecutado éste, se levantasen los embargos que se hubieran hecho al referido Miro, contra quien se reservaba a Bernal el derecho que pudiese corresponderle; para todo lo anterior se libraron la ejecución y cumplimiento de los Despachos correspondientes.  En 1771 el Consejo se pronunció: a pesar de la súplica interpuesta por Pedro Sánchez Bernal, demandó y mandó se llevase a efecto la expresada sentencia de 15 de junio de 1767, la confirmó y condenó a Bernal en las costas. El 26 de agosto de 1772 el Presidente de la Real Audiencia de la Casa de Contratación se dirige al Presidente de la Contratación en el sentido de que “proceda por vía de apremio con todo rigor de derecho a hacerle a este Colegio el pago de los 96.272 reales de vellón (por parte de Pedro Sánchez), costas y demás gastos que hasta entonces se le ocasionaron, el que ha de quedar ejecutado en el preciso y perentorio término de 20 días, sin admitir con ningún motivo ni pretexto recurso ni instancia alguna, con prevención que de lo contrario se tomará por el Consejo la más severa y rigurosa providencia”. En octubre aún no está hecho el pago por parte de Sánchez Bernal, por lo que el Consejo expresa se ejecute inmediatamente en el caudal de los herederos de Nicolás Miro, que se halla depositado en Francisco Martínez Vallejo (dueño en esos momentos de la Hacienda), y se suspenda al referido Bernal de todo ejercicio de escribano de Cámara de la Real Audiencia de Contratación hasta que haya satisfecho enteramente a los enunciados herederos de Miro la cantidad de principal y costas en que está condenado y las ejecutorias del Consejo.  El pleito termina hacia 1773 y queda por saberse si pagó dichas costas, que ascendían a 1.775 reales de vellón de plata y 18 maravedís.
De todas formas, el embargo de los bienes de Nicolás Miro no se llevó a cabo, y en 23 de enero de 1769 Isidro vendió a Francisco Martínez Vallejo. En los pormenores de esta venta consta que “Juan Antonio de Montes, Escribano de S.M. de Cámara y en su Real Audiencia de Contratación a Indias de esta ciudad de Cádiz se han seguido autos de testamentaría e inbentario de vienes del S.D. Nicolás Miro...que tubieron principio por pedimento que presentó Ignacio Gallardo Procurador, en nombre de D. Isidro Miro...el día 3 de marzo del año pasado 1761 presentando copia de su disposición testamentaria y pidiendo se cursase inbentario de ellos, lo que así se mando y ejecuto con citación del Sr. Fiscal, y con la misma se hicieron los aprecios, y en 3 de julio de 1768 presento pedimento el dicho D. Isidro Miro con un papel de contrata que tenía otorgado y firmado con D. Francisco Martinez Ballejo (sic)...sobre la venta de una Hacienda de campo nombrada S. Isidro, termino de la villa de la Puebla y Coria, propia de dicha testamentaria”. Las cláusulas que aparecen en el documento son del siguiente tenor:  
-                          Los bienes los tiene que dar libres de todo tributo e hipoteca.
-                          Le tiene que entregar Francisco Martínez en dinero efectivo la mitad del valor de todos los bienes y para la otra mitad documento a pagarlo en 3 años.
-                          Isidro declara que tiene 700 piezas de 128 cuartos (cada cuarto equivale a 8 reales pesos) en cuenta de la mitad del precio.
-                          Nombran a Salvador Moreno, abogado, con poder para decidir en algún problema que se presentase.
-                          Isidro presenta copia de poder a su favor de sus dos hijos, Antonio y Mariana, del tercio y recurrente del quinto de los bienes del abuelo, dándole facultad para poder vender y enajenar.
Por auto de vista de 7 de septiembre de 1768 se aprobó el contrato de venta y compra de la citada Hacienda con las circunstancias y calidades que explica la contrata y pedimentos; en su consecuencia “se procedió a otorgar y otorgó la escritura de venta de dicha Hacienda el 23 de enero próximo pasado” (1769), pues el documento se cierra en 1770.
            Cuando Martínez Vallejo vende sus posesiones en Puebla y Coria, en 1782,  a Francisca Leonarda de Salcedo, aunque la heredad había menguado ostensiblemente, como ya hemos visto, aún consta que se posesiona de “unas casas principales en Puebla llamadas Hacienda de Miro, compuesta de diferentes piezas y oficinas, corrales con algunos olivos, molino con sus pertrechos, 6 casitas alrededor de la Hacienda, dos de ellas anexadas y como 20 aranzadas de tierra en diversas suertes, en precio de 170.000 reales, de los que habían de bajarse todos los tributos y gravámenes que estuvieran impuestos sobre las mismas fincas y la huerta y el  olivar, pues aún cuando estas fincas no se incluían, no obstante, considerando hallarse situadas sobre todas las posesiones de la Hacienda, ligadas y gravadas las unas con las otras, se había de hacer cargo con precisión de redimirlas”.[xiii]




[i] Parece ser que el apellido Miro tiene sus orígenes en Murcia, pero como Mirón; de hecho en la documentación manejada se muestra indistintamente como Mirón, Miro y Miró. En el acta de bautismo de Nicolás se manifiesta: “En lunes día diez del mes de septiembre de mil seiscientos y ochenta y cinco años, yo el Doctor Don Alonso García Valladares Cura del Sagrario de la Santa Iglesia Metropolitana de Sevilla, Bapticé a Nicolas Apolinario hijo de Miguel Miron y de Doña Brigida Josepha Gaitan su muger fue su padrino Antonio de Vargas y Sepúlveda vecino de la collacion, fecha ut supra”.
[ii] En cuanto a las fechas debemos ponerlas en cuarentena, pues según las fuentes dan una u otra: así, nos encontramos fechas distintas lo mismo para el bautizo como para la boda; 1 de enero de 1685 para el primero y 23 de diciembre de 1711 para la boda. 
[iii] De ahí que la familia Miro se estableciera en la ciudad de Cádiz y sus componentes ejercieran, además, de comerciantes. Los últimos años de Nicolás están marcados por las dificultades económicas; debe acudir al crédito, solicitando capitales de aquellas instituciones que los tenían y los querían situar, siempre de carácter eclesiástico o controlado por la misma Iglesia. Aquí, pues, podemos situar el origen de los Montes de Piedad y Cajas de Ahorro que comenzarán a constituirse ochenta o noventa años después.
[iv] Archivo Histórico Nacional. Sección OM Caballeros.Calatrava. Expte: 1663: Órdenes Militares. Calatrava, Pruebas de Caballeros. Miro y Agras (Isidro).
[v] En 1635 Francisco de Agrás y Montañana, bisabuelo materno de Isidro Miro, vecino de Sevilla, consiguió el “recibimiento” de hidalgo en Tomares, en 1637 es nombrado alcalde de la Santa Hermandad en el Estado de los hijosdalgos de la villa, siendo nombrado de nuevo en 1640; ese mismo año lo recibe en la misma villa Agustín Gaytán de Lara, bisabuelo paterno segundo, siendo nombrado alcalde  de la Hermandad en el estado de los caballeros hijosdalgo en dos ocasiones: en 1644 y en 1652; en 1656, también en Tomares, los recibe Jaime Aparicio y Velasco, bisabuelo materno segundo y nombrado, igualmente, alcalde de  la Hermandad por el Estado de los caballeros hijosdalgo; en 1641 Miguel Juan Miro, vecino también de la ciudad de Sevilla, bisabuelo paterno primero de Isidro, recibe  el título de hijodalgo en Gines, y en 1646 es nombrado alcalde de la Hermandad por la Marquesa de Villamanrique, dueña de la villa, siendo nombrado de nuevo en 1655; en 1671 recibe el título de noble Miguel Pablo Baltasar Miro, hijo de Miguel Juan Miro y de Isabel Ana Arzo, y en 1681 es nombrado por la Marquesa de Villamanrique alcalde de la Santa Hermandad por el estado noble, siendo nombrado de nuevo en 1686; en 1679 lo recibe su abuelo materno, Francisco Phelipe de Agrás y Villagrassa, siendo nombrado alcalde de la Hermandad por el estado noble en 1684.
[vi] Los dos cargos se nombraban anualmente para el Ayuntamiento (Concejo): el primero, por su condición de hijodalgo (se nombraba otro individuo por el estado llano), y se ocupaba del gobierno del pueblo; el segundo se nombraba para que conociera de los delitos y excesos cometidos en el campo.
[vii] La vara oscilaba entre 768 y 912 mm.
[viii] De orla.
[ix] En Heráldica Hispana (fruto de una búsqueda por Internet), hemos hallado un escudo con la siguiente leyenda: “Mirón. Originario de Murcia. Lleva por armas: Escudo cuartelado; 1º, de plata, un espejo con marco de oro, sostenido por un clavo; 2º, de gules, un león rampante de oro; 3º, de oro, cinco barras de azur y 4º, también de oro, una torre de piedra sobre una roca jaspeada. Otros traen: En campo de plata, una cruz de paté, de gules. Los de Cataluña portan como armas: Escudo cuartelado; 1º y 4º, jaquelado de plata y gules; 2º y 3º de oro con una estrella de azur”.
[x] Isidro Miro fue también un personaje un tanto curioso en el Cádiz de mediados del siglo XVIII. Al menos así lo presentan las fuentes que hemos manejado, en que aparece coqueteando con los Ilustrados de la época. Así, En la obra de Nicolás María Cambiaso y Verdes (1829): Memorias para la biografía y para
  la bibliografía de la isla de Cádiz, volumen 2, pp. 199, se puede leer lo siguiente:
I. “Isidro Miro y Agraz, caballero profeso en el orden de Calatrava: compuso varias comedias y otras poesías, que dicen corren impresas; pero ninguna ha llegado a mis manos. Siguió una larga correspondencia epistolar con su íntimo amigo el Sr. D. Gaspar Melchor de Jovellanos.
                De D. Isidro dice Manuel García en su obra Origen, épocas y  progresos del Teatro español, impresa en Madrid en 1802, a la página XXIV:
                                                   Mas el arte iba en todo mejorando
                                                   ................................... Isidro Miro.
Y mas adelante en la página 316 vuelve a nombrarlo: “Otros poetas han seguido también dando honor a la escena española, como D.Isidro Miro”.
                He oido decir que tuvo contienda sobre la comedia de las Vivanderas ilustres, pero no he podido tomar las noticias exactas que se requieren para asegurar un hecho.
                Nació D. Isidro en 9 de abril, y se bautizó en 16 del año de 1720, y fueron sus padres Nicolás Miro y doña Mariana Agraz y Aparicio, según consta en los libros parroquiales”.
Como nota curiosa apuntemos que en la portada del tomo I de esta obra aparece lo siguiente: “Los antiguos Andaluces fueron los más sabios de España: los Gaditanos los más cultos de los Andaluces”.
                Tenemos, que, al parecer, hizo sus pinitos como dramaturgo y poeta, pero de su obra no ha quedado testimonio. Estaríamos, pues, en presencia de un ilustrado menor, que no pasó con su fama más allá de la escala local.  
                En la obra de Adolfo Barredo de Valenzuela (1994). Índice de insertos en XXV años de la revista “Hidalguía”: M-Q, 211 págs., en la 66 aparece Miro y Agraz, Isidro.
                En la de Vicente de Cárdenas y Vicent (1987): Caballeros de la Orden de Calatrava que ejecutaron sus pruebas de ingreso durante el siglo XVIII. Instituto “Salazar y Castro” (C.S.I.C.). tomo III Años 1751 a 1783. Nº 410 a 543. Madrid. Hidalguía, nos encontramos toda la genealogía de Isidro, la cual nos ha sido muy útil para realizar el árbol genealógico insertado en el texto; además, nos ofrece una escueta y clara exposición de su escudo de armas.
[xi] Archivo Histórico Universitario. Real Colegio de San Telmo. Universidad de Mareantes. Años 1569-1847. Libro 192
[xii] ¡Ojo! Aquí debe de haber un error, pues no creemos que la ermita fuese de propiedad de la familia Miro, sino que sólo ejercería sobre ella su mecenazgo.
[xiii] Archivo de Protocolos de Sevilla. Escrituras Públicas 1º. 1846 Escribano Manuel del Rey. Legajo 8271. Folios 179 a 418. 

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